top of page
  • Foto del escritorWander Liriano

IRS proporciona ajustes de inflación de impuestos para el año fiscal 2020

IR-2019-180

WASHINGTON - El Servicio de Impuestos Internos anunció hoy los ajustes anuales de inflación del año fiscal 2020 para más de 60 disposiciones fiscales, incluidos los calendarios de tasas impositivas y otros cambios fiscales. Procedimiento de Ingresos 2019-44 proporciona detalles sobre estos ajustes anuales.



El cambio de la ley tributaria cubierto en el procedimiento de ingresos fue agregado por la Primera Ley del Contribuyente de 2019, que aumentó la falta de solicitud de multa a $330 para las declaraciones adeudadas después de finales de 2019. La nueva penalización se ajustará para la inflación a partir del año fiscal 2021.


Los ajustes del año fiscal 2020 generalmente se utilizan en las declaraciones de impuestos presentadas en 2021.


Las partidas de impuestos para el año fiscal 2020 de mayor interés para la mayoría de los contribuyentes incluyen los siguientes montos en dólares:


La deducción estándar para la presentación de matrimonio según la presentación conjunta se eleva a $24,800 para el año fiscal 2020, hasta $400 más que el año anterior. Para los contribuyentes solteros y los individuos casados que presentan por separado, la deducción estándar aumenta a $12,400 en 2020, hasta $200, y para los jefes de familia, la deducción estándar será de $18,650 para el año fiscal 2020, hasta $300.

La exención personal para el año fiscal 2020 se mantiene en 0, como lo fue para 2019, esta eliminación de la exención personal fue una disposición en la Ley de Reducción de Impuestos y Empleo.


Tasas marginales: Para el año fiscal 2020, la tasa  impositiva máxima sigue siendo del 37% para los contribuyentes individuales con ingresos superiores a $518,400 ($622,050 para parejas casadas que presentan conjuntamente). Las otras tasas son: 35%, para ingresos superiores a $207,350  ($414,700 para parejas casadas que presentan conjuntamente); 32% para ingresos superiores a $163,300 ($326,600 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta); 24% para ingresos superiores a $85,525 ($171,050 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta); 22% para ingresos superiores a $40,125 ($80,250 para parejas casadas que presentan conjuntamente); 12% para ingresos superiores a $9,875 ($19,750 para parejas casadas que presentan conjuntamente).


La tasa más baja es del 10% para los ingresos de individuos solteros con ingresos de $9,875 o menos ($19,750 para parejas casadas que presentan conjuntamente). Para 2020, al igual que en 2019 y 2018, no hay limitación en las deducciones detalladas, ya que esa limitación fue eliminada por la Ley de Reducciones de Impuestos y Empleo.


El monto de exención de impuestos mínimos alternativos para el año fiscal 2020 es de $72,900 y comienza a eliminarse gradualmente en $518,400 ($113,400 para parejas casadas que presentan conjuntamente para quienes la exención comienza a eliminarse gradualmente en $1,036,800). El monto de la exención de 2019 fue de $71,700 y comenzó a eliminarse gradualmente en $510,300 ($111,700, para las parejas casadas que presentaron conjuntamente para quienes la exención comenzó a eliminarse gradualmente en $1,020,600).


El monto máximo del Crédito por Ingreso del Trabajo del año 2020 es de $6,660 para los contribuyentes calificados que tienen tres o más hijos calificados, en vez de un total de $6,557 para el año fiscal 2019. El procedimiento de ingresos contiene una tabla que proporciona importes de crédito máximos para otras categorías, umbrales de ingresos y eliminaciones graduales.


Para el año fiscal 2020, la limitación mensual para el beneficio de transporte calificado es de $270, al igual que la limitación mensual para estacionamiento calificado, en vez de $265 para el año fiscal 2019.


Para los años imponibles que comienzan en 2020, la limitación del dólar para las reducciones salariales de los empleados para las contribuciones a los acuerdos de gasto flexible de salud es de $2,750, hasta $50 desde el límite para 2019.


Para el año fiscal 2020, los participantes que tienen cobertura solo por cuenta propia en una Cuenta de Ahorros Médicos, el plan debe tener un deducible anual que no sea inferior a $2,350, el mismo que para el año fiscal 2019; pero no más de $3,550, un aumento de $50 desde el año fiscal 2019.


Para la cobertura solo por cuenta propia, el monto máximo de gastos de su propio bolsillo es de $4,750, un máximo de $100 a partir de 2019. Para el año fiscal 2020, los participantes con cobertura familiar, el piso para el deducible anual es de $4,750, en vez de $4,650 en 2019; sin embargo, el deducible no puede ser más de $7,100, hasta $100 desde el límite para el año fiscal 2019.


Para la cobertura familiar, el límite de gastos de su propio bolsillo es de $8,650 para el año fiscal 2020, un aumento de $100 con cargo al año fiscal 2019.


Para el año fiscal 2020, el monto de ingresos brutos ajustado utilizado por los archivadores conjuntos para determinar la reducción en el Crédito de Aprendizaje de por Vida es de $118,000, en comparación con $116,000 para el año fiscal 2019.


Para el año fiscal 2020, la exclusión de ingresos ganados en el extranjero es de $107,600 en vez de $105,900 para el año fiscal 2019.


Los estados de los difuntos que mueren durante 2020 tienen una cantidad de exclusión básica de $11,580,000, en vez de un total de $11,400,000 para las fincas de difuntos que murieron en 2019.


La exclusión anual para regalos es de $15,000 para el año calendario 2020, como lo fue para el año calendario 2019.


El crédito máximo permitido para adopciones para el año fiscal 2020 es la cantidad de gastos de adopción calificados hasta $14,300, en vez de $14,080 para 2019.

30 visualizaciones0 comentarios
bottom of page